Ley Francesa Sobre Organizaciones Coercitivas – About Picard

                                                                                                                                                                                                                           LEY ABOUT PICARD EN ESPAÑOL

Gaceta Oficial N º 135, de 13 de junio de 2001 Page 9337
Texto # 2

LEY
LEY N º 2001-504 de 12 de junio de 2001 para fortalecer la prevención y represión de los movimientos sectarios que afectan a los derechos humanos y las libertades fundamentales (1)

NOR: JUSX9903887L

La Asamblea Nacional y el Senado aprobó

El Presidente de la República promulga la ley dice lo siguiente:

Capítulo I

Disolución Civil de determinadas empresas

Artículo 1

Puede ser impuesta, conforme a lo dispuesto en la presente sección, la disolución de una persona jurídica, independientemente de la forma o el objeto legal, que lleva a cabo actividades con el propósito o el efecto de crear, mantener o explotar el sometimiento psicológico o físico de las personas que participan en estas actividades, que se realizaron en contra de la corporación en sí o de su de jure o de facto, condenas firmes por infracciones se enumeran a continuación:

Delitos 1o de integridad voluntaria o involuntaria a la vida física o mental de la persona afectada, de poner en peligro a la persona, violando las libertades, atentar contra la dignidad de la persona, daño a la personalidad de los menores en peligro o daños a la propiedad en los artículos 221-1 a 221-6, 222-1 a 222-40, 223-1 a 223-15, 223-15 -2, 224-1 a 224-4, 225-5 a 225-15, 225-17 y 225-18, 226-1 a 226-23, 227-1 a 227-27, 311-1 a 311-13 , 312-1 a 312-12, 313-1 a 313-3, 314-1 a 314-3 y 324-1 a 324-6 del Código Penal;

2o delitos de ejercicio ilegal de la medicina o la farmacia siempre y por los artículos L. 4161-5 y L. 4223-1 del Código de Salud Pública;

Delitos 3o de la publicidad engañosa, fraude o falsificación previsto en los artículos L. 121-6 y L. 213-1 a L. 213-4 del Código del Consumidor.

El proceso de disolución es llevado ante el Tribunal Supremo, a petición de la Corona, actuando de oficio oa instancia de cualquier interesado.

La solicitud se hace, se enteró y decidió, de acuerdo con el día fijo procedimiento.

El plazo de apelación es de quince días. El Presidente de la Sala a la que el caso fue distribuido arreglaron enseguida la audiencia a la que se llama así. En el día señalado, no será la prevista en los artículos 760 a 762 del nuevo Código de Procedimiento Civil.

El mantenimiento o el restablecimiento, abierta o encubierta, de una corporación disuelta conforme a las disposiciones de esta sección es un delito previsto en el párrafo segundo del artículo 434-43 del Código Penal.

El tribunal puede decidir de la misma manera la disolución de varias personas jurídicas mencionadas en el párrafo primero, cuando dichas entidades tienen el mismo objetivo y están unidos por un interés común y que fue entregado a respecto a cada uno o su de jure o de facto, al menos, una condena definitiva por un delito contemplado en el 1o 3o. Estas diferentes entidades jurídicas serán partes en el procedimiento.

Capítulo II

Extensión de la responsabilidad penal

personas jurídicas por determinados delitos

Artículo 2

I. – Después de las palabras «serán castigados», al final del párrafo primero del artículo L. 4161-5 del Código de Salud Pública tiene el siguiente tenor: «un año de prisión y una multa de 100.000 francos. «

II. – A continuación del artículo L. 4161-5 de dicho Código se inserta el artículo L. 4161-6 de la siguiente manera:

«Art. L. 4161-6. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos del Código Penal en el artículo L. 4161-5.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, en la forma establecida por el artículo 131-38 del Código Penal;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39 del Código Penal.

«La prohibición establecida en el artículo 2 de 131-39 del Código Penal lleva a cabo la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

III. – En el artículo L. 4223-1 de dicho Código, los términos «de 30.000 francos de multa y, en caso de reincidencia, a seis meses de prisión y una multa de 60.000 F» se sustituyen por las palabras «un años de prisión y una multa de 100.000 francos «.

Artículo 3

I. – Se añade el artículo L. 213-5 del Código del Consumidor, el artículo L. 213-6 de la siguiente manera:

«Art. L. 213-6. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 del Código Penal los delitos definidos en los artículos L. 213-1 a L. 213-4.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, en la forma establecida por el artículo 131-38 del Código Penal;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39 del Código Penal.

«La prohibición establecida en el artículo 2 de 131-39 del Código Penal lleva a cabo la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

II. – El artículo L. 121-6 del Código se complementa con el siguiente párrafo:

«Las disposiciones del artículo L. 213-6 establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por esos delitos. «

Artículo 4

Se añade el artículo 221-5 del Código Penal, en el artículo 221-5-1 de la siguiente manera:

«Art. 221-5-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en esta sección.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el artículo 131-39.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 5

Se inserta a continuación del artículo 222-6 del Código Penal, el artículo 222-6-1 de la siguiente manera:

«Art. 222-6-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en el presente apartado.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el artículo 131-39.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 6

Se inserta a continuación del artículo 222-16 del Código Penal, una sección 222-16-1 lee:

«Art. 222-16-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en el presente apartado.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el artículo 131-39.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 7

Se inserta a continuación del artículo 222-18 del Código Penal, en el artículo 222-18-1 del siguiente modo:

«Art. 222-18-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en el presente apartado.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39;

«3o 1o de la sanción contemplada en el artículo 131-39 de los delitos definidos en los artículos 222 a 17 (segundo párrafo) y 222-18.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 8

Se inserta a continuación del artículo 222-33 del Código Penal, en el artículo 222-33-1 del siguiente modo:

«Art. 222-33-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de las Conditons en virtud del artículo 121-2 de los delitos previstos en los artículos 222-22 a 222-31.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el artículo 131-39.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 9

Se añade el artículo 223-7 del Código Penal, en el artículo 223-7-1 de la siguiente manera:

«Art. 223-7-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en esta sección.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39;

«3o 1o de la sanción contemplada en el artículo 131-39 de los delitos previstos en los artículos 223-5 y 223-6.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 10

Se inserta a continuación del artículo 223-15 del Código Penal, en el artículo 223-15-1 del siguiente modo:

«Art. 223-15-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en esta sección.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39;

«3o 1o de la sanción contemplada en el artículo 131-39 en el párrafo segundo del artículo 223-13 delito.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 11

Sección 4 del Capítulo V del Título II del Libro II del Código Penal se complementa con el artículo 225-18-1 del siguiente modo:

«Art. 225-18-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos previstos en los artículos 225-17 y 225-18.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39;

«3o 1o de la sanción contemplada en el artículo 131-39 de los delitos definidos en el artículo 225-18.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 12

Se añade el artículo 227-4 del Código Penal, en el artículo 227-4-1 de la siguiente manera:

«Art. 227-4-1. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 de los delitos definidos en esta sección.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el 2 º y 9o del artículo 131-39.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 13

Artículo 227-17-2 del Código Penal queda modificado como sigue:

1o En la primera frase, las palabras «de la ofensiva en el segundo párrafo del artículo 227-17-1» se sustituyen por los términos «de las infracciones definidas en los artículos 227-15 a 227-17-1» ;

En 2o 2o, las palabras «a 1o, 2o, 4o, 8o y 9o de» se sustituyen por la palabra «para».

Artículo 14

En el segundo párrafo (1o) del artículo 131-39 del Código Penal, las palabras «cinco años» se sustituyen por las palabras «o equivalente a tres años.»

Artículo 15

I. – El artículo 132-13 del Código Penal se completa con el siguiente párrafo:

«En los casos previstos en los dos párrafos anteriores, en los que incurre corporación, además, las sanciones mencionadas en el artículo 131-39, con sujeción al último párrafo de este artículo. «

II. – En el último párrafo del mismo artículo, las palabras «más de 100.000 F» se sustituyen por las palabras «por lo menos 100 000 F».

Capítulo III

Las disposiciones relativas a la pena de disolución a las personas jurídicas responsabilidad penal

Artículo 16

En el segundo párrafo del artículo 8 de la Ley de 01 de julio 1901 en relación con el contrato de asociación, las palabras «una multa de 30.000 F y prisión de un año» se sustituyen por «prisión de tres años y una multa de 300.000 francos.»

Artículo 17

El artículo 434-43 del Código Penal se complementa con dos párrafos de la siguiente manera:

«El hecho de que cualquier persona, a participar en el mantenimiento o el restablecimiento, abierta o encubierta, de una corporación que se ha disuelto en virtud de lo dispuesto en el punto 1 del artículo 131-39 será castigada con tres años de prisión y una multa de 300.000 francos.

«Cuando la solución se ha impuesto por un delito cometido delito o un delito previsto en el párrafo anterior, la pena se elevará a cinco años de prisión y una multa de 500.000 francos. «

Artículo 18

Antes de insertar el último párrafo del artículo 434-47 del Código Penal 5o de la siguiente manera:

«5o por delitos en los párrafos segundo y tercero del artículo 434-43, la pena de disolución mencionadas en 1 ° del artículo 131-39. «

Capítulo IV

Las disposiciones que restringen la publicidad

movimientos sectarios

Artículo 19

Se castiga con una multa de 50.000 F no publicar por cualquier medio, mensajes para los jóvenes y la promoción de una persona jurídica, cualquiera que sea la forma jurídica u objeto, la realización de actividades con el propósito o el efecto de crear, mantener o explotar el sometimiento psicológico o físico de las personas que participan en estas actividades, ya que se hicieron en varias ocasiones en contra de la corporación en sí o sus funcionarios de derecho o de hecho, las condenas penales firmes para cualquier delito de los enumerados a continuación:

Delitos 1o de integridad voluntaria o involuntaria a la vida física o mental de la persona afectada, de poner en peligro a la persona, violando las libertades, atentar contra la dignidad de la persona, daño a la personalidad de los menores en peligro o daños a la propiedad en los artículos 221-1 a 221-6, 222-1 a 222-40, 223-1 a 223-15, 223-15 -2, 224-1 a 224-4, 225-5 a 225-15, 225-17 y 225-18, 226-1 a 226-23, 227-1 a 227-27, 311-1 a 311-13 , 312-1 a 312-12, 313-1 a 313-3, 314-1 a 314-3 y 324-1 a 324-6 del Código Penal;

2o delitos de ejercicio ilegal de la medicina o la farmacia siempre y por los artículos L. 4161-5 y L. 4223-1 del Código de Salud Pública;

Delitos 3o de la publicidad engañosa, fraude o falsificación previsto en los artículos L. 121-6 y L. 213-1 a L. 213-4 del Código del Consumidor.

Las mismas penas serán aplicables cuando los mensajes mencionados en el párrafo primero del presente artículo invitación para unirse como una corporación.

Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables de conformidad con el artículo 121-2 del Código Penal los delitos definidos en el presente artículo. La sanción para las empresas está muy bien, en la forma establecida por el artículo 131-38 del Código Penal.

Capítulo V

Disposiciones relativas al abuso fraudulento

del estado de ignorancia o debilidad

Artículo 20

A continuación del artículo 223-15 del Código Penal, se crea una sección 6a dice:

«Artículo 6 bis

«Desde el abuso fraudulento del estado de ignorancia o debilidad

«Art. 223-15-2. – Una pena de tres años de prisión y 2,5 millones de francos abuso fraudulento multa de la ignorancia o la debilidad de la situación es un menor o una persona cuya especial vulnerabilidad , por razones de edad, enfermedad, invalidez, incapacidad física o mental o el embarazo, es evidente y conocida por su autor, o de una persona en un estado de sometimiento psicológico o físico resultante de ejercicio de presiones graves o reiteradas técnicos o específicos perjudicar su juicio, para llevar a cabo dicho menor de edad o una persona a actuar o indulgencia que están dañando seriamente.

«Cuando el delito sea cometido por el líder de hecho o de derecho a un grupo de ejercicio de las actividades con el propósito o el efecto de crear, mantener o explotar el sometimiento psicológico o físico de las personas que participan en estas actividades , la pena se elevará a cinco años de prisión y cinco millones de francos finos.

«Art. 223-15-3. – Las personas físicas culpables de la ofensa bajo esta sección incurrirán igualmente en las penas accesorias siguientes:

«1 ° confiscación de cívica, civil y familiar, en la forma establecida por el artículo 131-26;

«2 º La prohibición, conforme a las condiciones previstas en el artículo 131-27, de ejercer cargos públicos o para realizar la actividad profesional o social en el curso de o en conexión con el ejercicio de la cual el comisión del delito, por un período de cinco años;

«El cierre 3o para un período de cinco años, las instituciones o una o más instalaciones que ahora se utilizan para cometer el delito;

«4 º El comiso de la cosa que haya servido o estaba destinada a cometer la infracción o de la cosa que es el producto, a excepción de los objetos susceptibles de restitución;

«5o El destierro, en la forma establecida por el artículo 131-31;

«La prohibición 6o por un período de cinco años, para emitir cheques, salvo los que permitan la retirada de fondos por el librador del librado o los que estén certificados;

«7o La exhibición o difusión de la sentencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 131-35.

«Art. 223-15-4. – Las personas jurídicas podrán ser declaradas penalmente responsables, de conformidad con el artículo 121-2 del delito previsto en esta sección.

«Las penas aplicables a las personas jurídicas serán:

«1 º La multa, conforme al procedimiento previsto por el artículo 131-38;

«2 º Las penas mencionadas en el artículo 131-39.

«La prohibición mencionada en el artículo 2 de 131-39 se aplicará a la actividad en el curso de o en conexión con el ejercicio de que se cometió el delito. «

Artículo 21

I. – Se deroga el artículo 313-4 del Código Penal.

II. – En el primer párrafo del artículo 313-7 del Código, «313-4» se elimina la referencia.

III. – Al final del párrafo primero del artículo 313-9 del mismo Código, las palabras: «313-4» se sustituyen por las palabras: «313-3».

Capítulo VI

Diversas disposiciones

Artículo 22

Sección 02.17 del Código de Procedimiento Penal dispone lo siguiente:

«Art. 2-17. – Una asociación sin fines de lucro reconocida legalmente constituida, desde al menos cinco años a partir de la fecha de los hechos y proponer sus estatutos para proteger y ayudar a la persona o la defensa de los derechos y libertades individuales y colectivas podrá, a motivo de los actos cometidos por cualquier persona o entidad en relación con un movimiento u organización tiene el propósito o efecto de crear, mantener o utilizar una sujeción psicológica o física, ejercitar los derechos reconocidos a la parte civil En cuanto a los delitos de daño intencional o no intencional a la vida o la integridad física o mental de la persona, poniendo en peligro a la persona, violando las libertades, la violación de la dignidad de persona, daños a la personalidad de los menores en peligro o daños a la propiedad en los artículos 221-1 a 221-6, 222-1 a 222-40, 223-1 a 223-15, 223-15-2, 224-1 a 224-4, 225-5 a 225-15, 225-17 y 225-18, 226-1 a 226-23, 227-1 a 227-27, 311-1 a 311-13, 312-1 a 312-12, 313-1 a 313-3, 314-1 a 314-3 y 324-1 a 324-6 del Código Penal, la práctica ilegal de la medicina o de delitos farmacia previsto en los artículos L. 4161-5 y L. 4223-1 del Código de Salud Pública y los delitos de publicidad engañosa, fraude o falsificación proporcionados por los artículos L. 121-6 y L. 213-1 a L. 213-4 del Código del Consumidor. «

Artículo 23

El artículo 706-45 del Código de Procedimiento Penal se modifica como sigue:

1o A continuación del párrafo quinto (4o) 5o se inserta la siguiente manera:

«Colocación 5o bajo la supervisión de un representante legal designado por el juez por un período de seis meses renovable, en lo que respecta a la actividad en el curso de o en relación con el cual se cometió la infracción . «;

2o El penúltimo párrafo se completa con una frase:

«La medida 5o puede ser ordenada por el juez si la corporación no puede ser condenado a la pena prevista por la 3 de la sección 131-39 del Código Penal. «

Artículo 24

Esta ley es aplicable en Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, Wallis y Futuna y la colectividad territorial de Mayotte.

A los efectos de esta Ley, en Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, Wallis y Futuna, la colectividad territorial de Mayotte y San Pedro y Miquelón, las palabras «Tribunal Superior» son sustituido por las palabras «tribunal de primera instancia.»

A los efectos de esta Ley, en Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, Wallis y Futuna y la colectividad territorial de Mayotte, las referencias a las disposiciones legales del Código de Salud Pública, el Código de Consumo y Código de Procedimiento Civil se sustituirá, en caso necesario, con referencias a las leyes locales sobre el mismo tema.

La presente Ley entrará en vigencia a la ley estatal.

Hecho en París el 12 de junio de 2001.

Jacques Chirac

Por el Presidente de la República:

El presidente del Gobierno,

Lionel Jospin

El Guardián de los Sellos, Ministro de Justicia,

Marylise Lebranchu

El Ministro del Interior,

Daniel Vaillant

El Secretario de Estado de Ultramar

Christian Paul

(1) Trabajos preparatorios: la Ley N º 2001-504.

Senado:

Proyecto de ley 79;

Informe del Sr. Nicolas About, en nombre de la Comisión de Leyes, N º 131;

Debate y adopción el 16 de diciembre de 1999.

Asamblea Nacional:

Bill, aprobada por el Senado, No. 2034;

Informe Catalina Picard, en nombre de la Comisión de Derecho, 2472;

Debate y adopción el 22 de junio de 2000.

Senado:

Bill, en su versión modificada por la Asamblea Nacional, N º 431 (1999-2000);

Informe del Sr. Nicolas About, en nombre de la Comisión de Leyes, N º 192 (2000-2001);

Debate y adopción el 3 de mayo de 2001.

Asamblea Nacional:

Bill, con las enmiendas aprobadas por el Senado en segunda lectura, No. 3040;

Informe Catalina Picard, en nombre de la Comisión de Leyes, N ° 3083;

Debate y adopción el 30 de mayo de 2001.

 

LEY FRANCESA ABOUT PICARD ORIGINAL EN FRANCES

Solicitar Asesoría Personalizada